I.- Disposiciones generales
El presente reglamento tiene por objetivo estipular el conjunto de normas que rigen el funcionamiento y uso de la Biblioteca-CRA (Centro de Recursos de Aprendizaje), así como los deberes y derechos de sus usuarios.
La función principal de la Biblioteca-CRA es el apoyo a la labor docente en el desarrollo de las habilidades de información y lectoras en los estudiantes. Para este efecto dispone de una variedad materiales impresos y didácticos, como también de recursos tecnológicos, los cuales pone a disposición de la
comunidad escolar, además es un espacio social donde los estudiantes ponen en práctica objetivos los transversales tales como: la autonomía, la solidaridad, el respeto mutuo, el cuidado del bien común, etc.
Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el Director o en su defecto por el Subdirector del Establecimiento, previo informe del Encargado de Biblioteca CRA.
II.- De la Calidad de Usuario
Serán usuarios de la Biblioteca-CRA las siguientes personas:
– Alumnos: esta categoría agrupa alumnos del Nivel Inicial y Enseñanza Básica.
– Directivos: aquellos que cumplen funciones directivas como también coordinadores
– Docentes: esta categoría agrupa a aquellos funcionarios que imparten docencia al interior del establecimiento.
– Asistentes de la Educación: esta categoría agrupa a funcionarios que cumplen tareas administrativas y
auxiliares de servicios.
Para llevar materiales a sala o a casa, es requisito para los alumnos tener su Carnet de Biblioteca, este carnet se entregará en forma gratuita (Se aplicará sólo a estudiantes de 7° y 8° año). En caso de extravió, el estudiante tendrá que cancelar un valor determinado por la Dirección del Establecimiento, que se dará a conocer oportunamente, para obtener un nuevo carnet.
Toda persona que no cumpla con uno de los requisitos anteriores y que desee hacer uso del material bibliográfico, estando autorizado su ingreso a la Biblioteca- CRA por la Dirección del Establecimiento, podrá hacerlo sólo en la sala de lectura.
La emisión de certificados en favor de un usuario que se retire del Establecimiento, sólo podrá hacerse efectiva una vez que éste haya regularizado su situación en Biblioteca.
III.- De la Atención
La Biblioteca- CRA contará con dos Encargadas de Biblioteca, que serán las responsables dela unidad. Sin embargo, el docente que ocupe el recinto con estudiantes, deberá velar por la conducta apropiada de ellos.
Alumnos que lleguen en forma individual en horario lectivo deberán traer autorización de su profesor que indique el trabajo a realizar por el estudiante. El personal de la biblioteca está facultado para pedirá el retiro de un alumno (a), cuando éste no cumpla con la normas establecidas.
El horario de atención de la Biblioteca – CRA es de Lunes a Viernes desde las8:00 hrs. hasta las18:00 hrs., éste se ajustará a la realidad y necesidad del Establecimiento.
Este horario será de conocimiento de los usuarios y se difundirá oportunamente. Sin embargo, la Dirección del Establecimiento se reserva el derecho de restringir el acceso a Biblioteca por lapsos de tiempo determinados en circunstancias especiales. No se puede hacer uso del recinto en ausencia del personal de Biblioteca – CRA. Los estudiantes podrán usar la Biblioteca CRA en los horarios destinados al recreo.
IV.- De los Servicios y Préstamos
Los servicios que ofrece la Biblioteca Escolar- CRA a sus usuarios son los siguientes:
1.- Préstamo de materiales bibliográficos, dentro del Establecimiento, o a domicilio.
2.-Referencia y consulta (búsquedas de información y uso de fuentes).
3.-Servicio de Internet.
4.-Áreas de lectura y rincón infantil
5.-Sala para la realización de diversas actividades académicas y culturales.
El material de Referencia (enciclopedias, obras generales, material didáctico), se facilitarán sólo como préstamo en sala o dentro del establecimiento, utilizándose en forma individual o grupal previa entrega del Carnet de Biblioteca, (Se aplicará sólo a estudiantes de 7° a 8°años Básicos, durante el año 2014, extendiéndose a los demás cursos en forma paulatina).
Los libros de literatura y textos de estudio, podrán ser facilitados a domicilio. Sin embargo, el personal de Biblioteca tendrá la facultad para clasificar material de «Referencia» o de «Alta Demanda», restringiendo así su préstamo.
El préstamo a domicilio tendrá las siguientes características, de acuerdo al material bibliográfico solicitado:
-Categoría «Primeros lectores»: 1 libro a la vez, por un plazo de 3 o 4 días.
-Literatura general: 1 libro a la vez, por un plazo de 15 días.
-Literatura de Alta Demanda: (lecturas complementarias)1 libro a la vez, por un plazo de 3 días.
-Libros de texto: 1 libro a la vez, por 1 día.
-Los textos de estudio de uso en sala se prestarán a los docentes previa solicitud de éstos a lo menos con un día de anticipación y deberán ser devueltos al finalizar la clase.
-Mayor plazo: En caso de situaciones especiales calificadas, se podrá ampliar o restringir tanto la
cantidad como el plazo de los préstamos.
Los préstamos podrán ser renovados por plazos iguales, previa solicitud en Biblioteca y constatación que no estén en lista de espera. Para renovar el préstamo, deberá traerse el material en cuestión.
Todos los préstamos son personales e intransferibles. La persona que retira un material es responsable por su devolución oportuna e íntegra. Se podrá negar el préstamo de cualquier material al usuario cuando:
a) Haya solicitado el máximo estipulado en el artículo anterior.
b) Esté en deuda con algún material.
c) No haya cancelado una eventual multa por atraso.
d) Lleve más de 3 atrasos en el año.
La sustracción de cualquier elemento de la Biblioteca será considerada hurto y llevará las sanciones previstas en el Reglamento Interno del Colegio, e informando oportunamente al Apoderado.
V.- Del uso de computadores e internet.
-El uso de computador y el acceso a Internet está autorizado sólo para los usuarios de la Biblioteca
CRA y será supervisado por las Encargadas.
-En horario de clases, las alumnas deberán traer la autorización por escrita de su profesor que indique
el trabajo a realizar. Durante el resto del tiempo, las alumnas tienen acceso libre a los computadores para fines educativos.
-No se permiten juegos, Chat, etc., donde las Encargadas de biblioteca estarán facultadas para restringir el uso del computador cuando lo estimen necesario.
-La persona que utilice el computador, se responsabiliza, tanto de él, como de sus periféricos (mouse, monitor, mouse y parlantes), así como también de los lugares visitados en Internet, de los cuales queda registro en el servidor, siendo éste revisado periódicamente.
-Cuando la demanda del computador sobrepase la oferta, el personal de Biblioteca-CRA establecerá
las prioridades o limitará los tiempos de uso.
VI. De las devoluciones
La devolución del material bibliográfico deberá efectuarse en el plazo que corresponda. Sin embargo, si la fecha de entrega coincide con un día domingo o festivo, la devolución deberá efectuarse en el día hábil siguiente.
Se sancionará el no cumplimiento del plazo estipulado para la devolución de un determinado material, de acuerdo al reglamento de Convivencia Escolar, (Se aplicará, para los estudiantes de 3° a 8° año Básico).
Las Bibliotecarias informarán regularmente a los Profesores Jefes y a la Coordinación de Ciclo sobre usuarios morosos, con el fin de lograr la devolución del material, ya que las morosidades que persistan en el tiempo serán informadas a la Dirección, la cual tomará las medidas pertinentes.
En caso de pérdida o deterioro del material prestado, el usuario deberá ponerse en contacto lo antes posible con la Coordinadora de la Biblioteca, para determinar la forma de reposición de este.
VII. De la conducta y cuidado de los materiales e infraestructura
Los usuarios deberán observar una conducta acorde al recinto que ocupan, manteniendo buenos modales y una actitud discreta y silenciosa que permita a los demás usuarios la concentración y recogimiento necesario para el estudio.
Todos los libros y materiales usados deberán ser posteriormente entregados a las Encargadas de
Biblioteca-CRA, para su revisión y correcta reubicación.
Aquellos materiales que por su estructura constan de láminas, hojas u otro tipo de elementos numerados entre sí, pero factibles de desordenar, deberán ser entregados en forma ordenada.
Está prohibido hacer anotaciones personales dentro de los libros de la Biblioteca, tales como marcar párrafos, subrayar o escribir la traducción de palabras o expresiones, así como cualquier acto que cause deterioro al material.
El usuario es responsable de proteger los materiales de manera que no sufran deterioro. Aquel que deteriore material de Biblioteca deberá reponerlo, y eventualmente recibirá las sanciones que señale el Reglamento Interno del Colegio.
Está prohibido a los usuarios alterar la configuración de los computadores, personalizar escritorio, copiar o instalar programas, cambiar claves, etc.
Está prohibido a los usuarios ingerir alimentos o bebidas dentro de la Biblioteca, así como cualquier acto que altere el ambiente o cause deterioro a la infraestructura.
El alumno (a) que no respete las normas de Biblioteca-CRA o las indicaciones de su personal, tendrá que abandonar el recinto y será sancionada según la gravedad del caso.
Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por la Dirección del Colegio, previo informe de la Encargada de Biblioteca-CRA.
REGLAMENTO CENTRO DE RECURSOS PARAE EL APRENDIZAJE C. R. A.
El centro de recursos para el aprendizaje C. R. A de la Escuela Particular N°1 Monseñor Guido de Ramberga, está a disposición de toda la comunidad educativa del establecimiento.
El siguiente reglamento, regula en forma general las políticas y procedimientos que se dispondrán en el ejercicio diario del préstamo de su colección bibliográfica, materiales y uso de su sala e implementación.
ALUMNOS Y ALUMNAS
1.-Préstamos en biblioteca:
Se facilita todo el material de referencia (libros, diccionarios, atlas, enciclopedias, revistas, Computadores, material didáctico de apoyo para el aprendizaje de los alumnos y alumnas del Establecimiento Educacional.
2.-Préstamos a Domicilio:
El préstamo de material a domicilio se efectúa solamente con carnet de biblioteca (Estudiantes de 7° a 8° año), el préstamo de alta demanda, será sólo por tres días (tres días corridos) y se puede renovar el préstamo una sola vez (Dependiendo de la demanda)
INFRACCIONES
Se consideran infracciones a las normas de la Biblioteca:
a) La no devolución de material bibliográfico en el plazo convenido.
b) La pérdida de material bibliográfico solicitado.
c) El deterioro o destrozo del material facilitado (arrancar hojas y rayar páginas de éstos).
d)Los usuarios que sean sorprendidos apropiándose en forma indebida del material bibliográfico y /o didáctico.
e)El deterioro de las instalaciones y mobiliario de la biblioteca CRA.
f) El mal comportamiento en la biblioteca.
g)El mal trato al personal que labora en la biblioteca.
h)Utilizar como sala de juegos (naipes, cartas, etc., salvo que sea material didáctico de apoyo para el aprendizaje y en aquellas oportunidades en que los alumnos estén acompañados por su profesor y realizando actividades lectivas.)
i)Comer, jugar o no guardar silencio en las dependencias del CRA.
SANCIONES
a) La NO devolución de material en el plazo establecido por el personal a cargo, se sancionará según tabla adjunta.
b) Sí el alumno o alumna pierde el material facilitado, raya o arranca hojas a un texto debe devolver físicamente el libro, revista, texto, etc.
Sí esto fuera imposible, debe cancelar el valor de reposición del material bibliográfico perdido en plazo determinado por la Coordinadora del C. R. A. y se sancionará al usuario durante el plazo de un mes, cuando la pérdida o deterioro ocurra tres veces consecutivas.
No se aceptará material fotocopiado, en forma de reemplazo por el título perdido. En caso de no cumplir con la devolución, se solicitará la intervención por parte de Dirección o del equipo directivo del establecimiento
c) Sí hubiese mal comportamiento en la sala de biblioteca – CRA, maltrato al personal que labora, utilización indebida del recinto, daños a las instalaciones y o mobiliario, se inhabilitará su ingreso y uso mientras se evalúa el daño, comunicándole a su apoderado y se aplicará la sanción establecida en el Manual de Convivencia Escolar del Colegio (Art.B º7)
d) No se permitirá en biblioteca a alumnos o alumnas castigadas por atraso o mal comportamiento en sala de clases, solamente con autorización del profesor con un documento firmado autorizando, para hacer algún trabajo o estudiar en biblioteca.
e) Los alumnos no podrán usar carnet Bibliotecario de otros compañeros para retirar material de biblioteca, (Se aplicará sólo a los alumnos y alumnas de 7° a 8° año básico).
f)Si se sorprende a un usuario apropiándose indebidamente de algún material, se llevará la situación Inspectoría General para aplicación del Reglamento de Convivencia del Colegio y con comunicación al apoderado quedando registrado en su hoja de vida.
Horario de Atención:
Lunes a Viernes
08:00 hrs. hasta 18:00 hrs.